Caso $LIBRA: apelaron el sobreseimiento de Milei y denunciaron graves irregularidades en la investigación
Uno de los inversores afectados pidió reabrir la causa y cuestionó el accionar del juez Martínez de Giorgi y del fiscal Taiano. Señaló pericias pendientes, testigos que no declararon y movimientos financieros registrados segundos antes de la publicación presidencial.

El sobreseimiento de Javier Milei, Karina Milei y otros nueve acusados en el caso $LIBRA fue apelado apenas un día hábil después de conocerse la resolución judicial. La presentación fue realizada por uno de los inversores afectados por el lanzamiento y posterior desplome de la criptomoneda, quien solicitó revocar la decisión y continuar con la investigación penal.
Se trata de Juan Patricio Marchetto, quien presentó un recurso de 40 páginas con el patrocinio de los abogados Juan Grabois y Nicolás Rechanik. En el escrito cuestionó el accionar del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y del fiscal Eduardo Taiano, al considerar que la causa fue cerrada sin completar medidas de prueba relevantes.
Entre los principales argumentos, el inversor señaló la existencia de comunicaciones telefónicas entre Milei y el empresario Mauricio Novelli durante los minutos anteriores a la difusión del criptoactivo, operaciones millonarias realizadas segundos antes de la publicación presidencial y pericias que todavía estaban pendientes.
La apelación también abrió una discusión procesal: Marchetto fue apartado como querellante, pero su situación todavía debe ser resuelta por la Cámara Federal de Casación Penal.
Por qué cuestionan el sobreseimiento de Milei
El planteo de Marchetto sostiene que el juez Martínez de Giorgi realizó una evaluación incompleta de los elementos incorporados al expediente.
Según el recurso, la resolución contiene “contradicciones”, “confusiones”, una “valoración fragmentaria” de las pruebas y una “fundamentación aparente”.
Uno de los cuestionamientos centrales apunta a la interpretación jurídica utilizada para disponer los sobreseimientos.
El inversor considera que el magistrado confundió la falta de pruebas suficientes para acreditar un delito con la conclusión de que los hechos investigados no constituyen una conducta penalmente sancionable.
Desde esa perspectiva, sostiene que la investigación debía continuar para esclarecer las circunstancias del lanzamiento de $LIBRA antes de adoptar una decisión definitiva.
La presentación también cuestiona que ninguno de los once acusados sobreseídos fue convocado a prestar declaración indagatoria.
Las llamadas entre Milei y Novelli antes del lanzamiento de $LIBRA
Una parte importante del recurso está dedicada a reconstruir los acontecimientos del 14 de febrero de 2025, cuando Milei publicó en su cuenta de X un mensaje que difundió el criptoactivo.
Marchetto destacó los registros de comunicaciones entre el Presidente y Mauricio Novelli, uno de los principales organizadores investigados.
Según la documentación citada en la apelación, Novelli realizó tres llamadas salientes a Milei durante los minutos previos a la publicación.
| Hora | Comunicación registrada |
|---|---|
| 18:44:32 | Llamada de Novelli a Milei |
| 18:54:38 | Llamada de Novelli a Milei |
| 18:56:22 | Llamada de Milei a Novelli |
| 18:58:02 | Llamada de Novelli a Milei |
| 19:01:22 | Publicación presidencial sobre $LIBRA |
El escrito también menciona movimientos financieros efectuados inmediatamente antes de que el Presidente difundiera el código alfanumérico necesario para adquirir el activo.
De acuerdo con la reconstrucción presentada, 74 billeteras realizaron 87 operaciones por aproximadamente US$ 13,5 millones apenas 22 segundos antes del mensaje de Milei.
Para el apelante, la proximidad temporal entre las comunicaciones, las transacciones y la publicación presidencial requiere una investigación conjunta.
El objetivo de ese análisis, según su planteo, es determinar si existió alguna coordinación entre los responsables del proyecto, quienes operaron antes de su difusión pública y la intervención del mandatario.
La existencia de esos registros no demuestra por sí misma una coordinación delictiva, pero el inversor sostiene que tampoco corresponde descartar esa posibilidad sin completar las diligencias necesarias.
Las críticas al fiscal Taiano por las pruebas pendientes
El recurso también contiene cuestionamientos al desempeño del fiscal Eduardo Taiano.
Marchetto sostuvo que el funcionario demoró medidas de prueba, no convocó a determinados testigos y solicitó el sobreseimiento de todos los acusados cuando todavía existían diligencias sin concluir.
Entre las medidas pendientes mencionó la ampliación de las pericias telefónicas a cargo de la Dirección General de Investigaciones y Asistencia Tecnológica (DATIP) sobre los dispositivos de Orlando Mellino y Camilo Rodríguez Blanco, quienes recibieron fondos del empresario estadounidense Hayden Mark Davis.
El inversor consideró contradictorio que la Fiscalía hubiera dispuesto esas tareas y posteriormente solicitara cerrar el expediente antes de conocer sus resultados.
También cuestionó la falta de declaraciones testimoniales de personas que, según su presentación, podrían aportar información relevante.
Entre ellas identificó a Ariel Parkinson, Arturo Osete Herraiz, Marcelo y Leandro Aranda y Yanina Nicoletti, quien fue la primera abogada de Hayden Davis en Argentina.
La apelación reclama, además, profundizar el seguimiento del dinero que ingresó al proyecto.
En particular, plantea la necesidad de identificar a quienes recibieron los fondos aportados por los compradores, determinar qué información tenían al momento de operar y establecer sus posibles vínculos con los organizadores.
El informe de la DATIP y los cuestionamientos sobre su tratamiento
Otro de los puntos discutidos es el valor probatorio de un informe elaborado por la DATIP a partir de dispositivos electrónicos secuestrados durante la investigación.
En su resolución, Martínez de Giorgi hizo referencia a un sumario administrativo por presuntos accesos indebidos a documentación reservada y consideró que esas circunstancias afectaban la valoración del informe.
Marchetto rechazó ese razonamiento.
Según su presentación, el sumario no acreditó que la empleada investigada hubiera entregado documentación a una periodista o a terceros, ni que el material hubiera sido manipulado.
El recurso también señala que la Fiscalía recibió un informe preliminar en noviembre de 2025, antes de que se publicaran periodísticamente los documentos cuestionados.
A partir de esa cronología, el inversor pidió esclarecer por qué el contenido no fue comunicado oportunamente al juzgado y a las partes.
La Casación deberá resolver si el inversor puede intervenir en la causa
Además de cuestionar el cierre de la investigación, Marchetto debió fundamentar su derecho a presentar la apelación.
El 3 de julio, Martínez de Giorgi dispuso apartarlo como querellante, una decisión que posteriormente confirmó la Cámara Federal.
Sin embargo, el inversor presentó una queja ante la Cámara Federal de Casación Penal, que todavía debe resolver si corresponde restituirle esa condición.
Por ese motivo, interpuso el recurso como “pretenso querellante”, una figura que invocó para intentar preservar su posibilidad de recurrir mientras se define su situación procesal.
Su argumento es que, si los sobreseimientos quedaran firmes antes de que Casación se pronunciara, una eventual reincorporación podría perder eficacia porque la investigación ya estaría cerrada.
Para respaldar su posición citó el plenario “Zichy Thyssen”, de 2006, sobre la legitimación del pretenso querellante para presentar recursos ante Casación.
También invocó los derechos reconocidos a las víctimas, entre ellos el acceso a la Justicia, la participación en el proceso y la tutela judicial efectiva.
Marchetto es el primer inversor afectado que apeló el sobreseimiento de los once acusados, aunque se espera que otros damnificados presenten recursos durante la semana.
La continuidad de la investigación dependerá de las decisiones que adopten los tribunales sobre las impugnaciones y sobre la participación procesal de quienes reclaman ser reconocidos como querellantes.
Información: Hugo Alconada Mon, La Nación.

